¿QUÉ ES UNA TRADUCCIÓN JURADA?
Es la traducción oficial de un documento que requiere una validez legal. Estas traducciones sólo pueden ser realizadas por traductores acreditados por el Ministerio de Asuntos Exteriores.
¿CÓMO ES UNA TRADUCCIÓN JURADA?
Las traducciones juradas se presentan siempre en formato papel y deben ir acompañadas por una certificación jurada de fidelidad de traducción donde consten el sello y la firma del traductor.
¿CÓMO ES LA CERTIFICACIÓN JURADA DE UN DOCUMENTO?
Hasta el momento, los traductores jurados estamos utilizando la fórmula de certificación jurada que aparece en la Orden del 8 de febrero de 1996 por la que se dictan normas para el nombramiento de Intérpretes Jurados. Sin embargo, estamos esperando que aparezca una orden de desarrollo del Real Decreto 2002/2009 por el que se modifica el reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores.
El texto que se propone en dicha orden es el siguiente:
Don/Doña ............................................... (nombre y apellidos), Intérprete Jurado de ............................... (idioma), certifica que la que antecede es traducción fiel y completa al ......................................... (lengua de destino) de un documento redactado en ....................................................... (lengua de origen).
En ........................... (lugar), a ........................... (fecha)
FIRMA
SELLO
Aunque no es obligatorio, muchos traductores jurados incluimos la certificación en los dos idiomas (el de origen y el de destino). De esta forma, el cliente se evita posibles problemas con la admisión de los documentos en el extranjero. Por otro lado, el sello y la firma del traductor suele aparecer en todas las páginas de la traducción, pero en realidad sólo es obligatorio ponerlos después de la certificación. Desde mi punto de vista, es mejor ponerlo en todas las hojas por si el cliente sólo tiene que presentar una parte de los documentos.
¿CÓMO ES LA CERTIFICACIÓN JURADA DE UN DOCUMENTO?
Hasta el momento, los traductores jurados estamos utilizando la fórmula de certificación jurada que aparece en la Orden del 8 de febrero de 1996 por la que se dictan normas para el nombramiento de Intérpretes Jurados. Sin embargo, estamos esperando que aparezca una orden de desarrollo del Real Decreto 2002/2009 por el que se modifica el reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores.
El texto que se propone en dicha orden es el siguiente:
Don/Doña ............................................... (nombre y apellidos), Intérprete Jurado de ............................... (idioma), certifica que la que antecede es traducción fiel y completa al ......................................... (lengua de destino) de un documento redactado en ....................................................... (lengua de origen).
En ........................... (lugar), a ........................... (fecha)
FIRMA
SELLO
Aunque no es obligatorio, muchos traductores jurados incluimos la certificación en los dos idiomas (el de origen y el de destino). De esta forma, el cliente se evita posibles problemas con la admisión de los documentos en el extranjero. Por otro lado, el sello y la firma del traductor suele aparecer en todas las páginas de la traducción, pero en realidad sólo es obligatorio ponerlos después de la certificación. Desde mi punto de vista, es mejor ponerlo en todas las hojas por si el cliente sólo tiene que presentar una parte de los documentos.
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